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LOS DIAMANTES |
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DEFINICIÓN DEL DIAMANTE |
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1
Un diamante es un mineral
natural de carbón cristalizado con una estructura cúbica.
2
La autenticidad del
diamante no debe ser específicamente mencionada porque el uso de la palabra
“diamante”, por sí misma, es garantía de autenticidad.
3
Está prohibido el uso de
la palabra “diamante” para describir aquellos productos que han sido en
parte o en su totalidad cristalizados o recristalizados por la intervención
humana, no importando con qué materiales o por qué métodos. Los productos
hechos por el hombre solo pueden ser nombrados como “diamantes sintéticos”
cuando su estructura física y propiedades químicas corresponden en su masa
total al diamante. La palabra “diamante” debe estar claramente precedida por
el término “sintético” o “artificial”.
4
Las marcas o nombres de
moda no deben usar palabras similares a “diamante” (por ejemplo: Diamantino,
diamlita). Los nombres de firma, los artesanos o las marcas no deben usarse
en conexión con diamantes sintéticos o artificiales, a menos que eso nombres
estén claramente precedidos por la
palabra “sintético” o
“artificial”. Ejemplo: la definición “Ge- diamante” (General Electric) es
inadmisible y debe ser renombrada como “Diamante sintético GE”.
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PESO DEL DIAMANTE
1-El peso del diamante será
expresado siempre en quilates (abreviación internacional (“ct”), junto con
dos decimales. Solo puede ser redondeado hacia arriba si el tercer decimal
es un 9.
2-Si se da el peso total de
todos los diamantes contenidos en una pieza, el peso debe ser claramente
especificado y sin ambigüedades con los términos “peso total” o palabras de
importancia similar.
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COLOR
1 El color de los diamantes
viene determinado por los siete patrones CIBJO (Ver articulo 8). Este patrón
describe el límite más bajo de cada color.
2 El color debe ser
nombrado de la manera siguiente:
CIBJO escala
internacional de grados de color
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DIAMANTES DE FANTASÍA (
LEGALMENTE NO SE PUEDE UTILIZAR EN EL COMERCIO EL NOMBRE DIAMANTE CUANDO NO
LO SEA REALMENTE) |
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(1) Términos GIA
(2) Transiciones usadas desde
1990
(3) Subdivisión opcional
(color de tinte 1,2,3,4)
3 La especificación del
color debe ser hecha por un profesional experimentado, elegido por
comparación con los patrones de acuerdo a los patrones CIBJO, bajo luz
artificial normalizada equivalente aproximadamente a 5000º/5500º Kelvin (D
55)
Si no se observa
diferencia entre los patrones y el diamante a graduar, el color de los
patrones es concluyente. Si el color del diamante se encuentra entre dos
patrones, el color del más oscuro es concluyente.
4 Los matices no amarillos
(por ejemplo los marrones) están graduados de acuerdo a la intensidad del
color comparado con los patrones.
5 Los diamantes de colores
fantasía cuyo color es claro y diferente están descritos separadamente.
6 Las medidas fotométricas
no determinan un valor
7 La fluorescencia de un
diamante tiene un valor meramente descriptivo y debe ser descrita como:
ninguna – leve – media-
fuerte vista bajo lámpara de onda larga UV (366 nm.). Estos grados están
definidos por los
patrones de referencia de fluorescencia CIBJO, descritos en el articulo 8.
8 El cuerpo de color de la
fluorescencia de los diamantes debe ser determinado bajo luz normalizada (D
55 CIE).
9 Si una oferta contiene la
calidad de un diamante, el color no debe ser mencionado sin la pureza y
viceversa.
10 La subdivisión de los
colores Blanco excepcional y Blanco raro solo debe hacerse para los tamaños
0.47 y superiores.
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CLARIDAD/PUREZA
1 Todas las características
visibles internas pertenecen al campo de las inclusiones que son
internamente perceptibles. Estas son:
· Inclusiones sólidas y
cristalinas, nubes y puntos
· Fisuras, plumas,
fisuras en el filetín (barbas)
· Fenómenos estructurales
(solo en caso de ser claramente visibles dentro de la piedra, por ejemplo:
líneas de crecimiento de color marrón; planos de grano reflectivos.)
2 La claridad/ pureza de un
diamante debe ser examinada por un profesional experto con lupa de 10
aumentos y bajo una luz normal, lo que significa luz acromática, lentes
aplanáticas y descrita del siguiente modo.
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CIBJO –
ESCALA INTERNACIONAL DE CLARIDAD / PUREZA

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LIMPIO A LUPA
Un diamante es llamado
limpio a lupa si, bajo esas condiciones, ha sido visto absolutamente
transparente y libre de inclusiones.
VVS
Muy, muy pequeñas
inclusiones, muy difíciles de encontrar con lupa de 10X
(VVS1, VVS2)
VS
Muy pequeñas inclusiones
que se encuentran con dificultad con lupa de 10X
(VS1, VS2)
SI
Pequeñas inclusiones,
fáciles de encontrar con lupa de 10X. No se ven a
simple vista a través de
la corona.
(SI1, SI2 )
PI
Inclusiones
inmediatamente evidentes con lupa de 10X, difíciles de encontrar a simple
vista a través de la corona y que no perjudican al brillo.
(Pique I)
PII
Grandes y numerosas
inclusiones, muy fácilmente visibles a simple vista a través de la corona
que reducen ligeramente el brillo del diamante.
(Piqué II)
PIII
Grandes y/o numerosas
inclusiones, muy fácilmente visibles a simple vista a través de la corona y
que reducen el brillo del diamante.
(Pique III)
Los términos como “puro”,
“puro al ojo”, “comercialmente puro” u otras expresiones definiciones
erróneas no deben ser usadas.
La subdivisión de los
grados VVS , VS y SI en dos subdivisiones solo debe ser hecha para los
tamaños 0.47 y superiores.
3
Las características
externas no se aplican a la claridad/pureza. Esto se aplica particularmente
a:
· Líneas de pulido,
bordes rugosos, marcas de quemado y muy suaves barbas en el filetín.
· Daños localizados
externos como rasguños y puntos dañados
· Facetas extra y restos
de partes de diamante bruto (naturales)
· Aristas dobles, líneas
de crecimiento, líneas de nudo, líneas de grano superficiales.
Las características
externas principales que no puedan ser eliminadas por repulido sin una
pérdida considerable de peso deben tenerse en cuenta cuando se determine el
grado de pureza/claridad.
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TALLA Y FORMA

1-Es inadmisible la
descripción de un diamante como “correctamente tallado” si las proporciones
y la simetría del diamante no corresponden a las normas comunes de uso.
Estas normas tienen en cuenta las normas generales de proporción de la
piedra y siguen las leyes de la óptica, permitiendo un máximo de brillo para la
talla moderna del diamante.
2-Una talla brillante
moderna está basada en cálculos ópticos específicos destinados a maximizar
la belleza, la cual es resultado del brillo y la dispersión. Las diferentes
combinaciones de las proporciones pueden dar un buen resultado igualmente y
la evaluación de la calidad de la talla, por lo tanto no está determinada
únicamente por las medidas.
Por otro lado el acabado
es independiente de las proporciones y en menor importancia está la calidad
de la talla. Dos indicaciones separadas son dadas para diferenciar las
observaciones concernientes a la simetría y al pulido. Esto no pertañe al
brillo.
3-El término “brillante”
sin ninguna descripción adicional del material solo puede ser aplicada a
diamantes redondos con talla brillante.
4-La talla brillante o
“talla llena” es de forma redonda que consiste en una porción superior
(corona) con al menos treinta y dos facetas (excluyendo la tabla) y una
porción inferior (pabellón) con al menos veintidós facetas (excluyendo el
culet). Las otras tallas deben ser designadas (8/8, 16/16, etc.) como tales.
5-Otras formas comunes son
marquise, pera, oval, corazón, talla esmeralda, triángulo, baguete, etc.
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DESIGNACIÓN DE TRATAMIENTOS Y
COMBINACIONES DE PIEDRAS
1
Si el color natural de un
diamante ha sido artificialmente alterado, debe ser descrito como “tratado”,
“artificialmente coloreado” o “irradiado”.
2
Los diamantes que han
sido artificialmente tratados o alterada su pureza por medio de láser u
otras técnicas, debe ser descrito claramente como “perforado” o “perforado
láser”.
La clasificación debe
corresponderse con la claridad después de cada modificación. La línea de
láser debe ser considerada como inclusión.
3
Los diamantes que hayan
sido tratados artificialmente para alterar su claridad por la infusión de
una sustancia extraña, deben ser claramente denominados como “tratados”.
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ESPECIFICACIONES EN
CERTIFICADOS DE DIAMANTES
1-La gradación precisa de los diamantes solo
puede ser hecha cuando estén sin montar.
2-Un certificado de
diamante solo debe ser hecho para diamantes que tengan un peso de al menos
0.47 quilates.
3-Un certificado de
gradación de diamante incluye las características básicas y las marcas de
identificación, debe incluir ni más ni menos que el peso, el grado de color,
el grado de claridad/pureza, la forma y la talla, medidas, la proporción de
la corona/ pabellón y su relación en porcentaje con el diámetro, el grado de
acabado, como la simetría y el pulido, la descripción del filetín, la intensidad de la
fluorescencia y comentarios eventuales.
4-Las medidas de las formas
referidas a los diámetros mínimo y máximo así como a la altura (en la talla
abrillante) y el largo, profundidad y altura (en otras tallas).
5-Descripción del filetín:
Bruto – facetado – pulido
Delgado – medio – grueso
6-La gradación final para
la simetría viene dada por:
Muy buena – buena – media
– mala
7-Las características
externas visibles desde el lado de la corona deben ser mencionadas en los
certificados de diamantes bajo el epígrafe de “comentarios”. Por ejemplo
características externas despreciables o insignificantes, características
externas, naturales, culet abierto inusual, líneas de crecimiento (grano),
líneas de grano superficiales, líneas de junta (nudo)
8-Los certificados de
diamantes simplificados deben hacerse para los tamaños entre 0.20 y 0.47
quilates y que contengan información sobre peso, color, claridad/pureza,
forma y medidas.
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PATRONES
1-Un juego de siete
diamantes ha sido seleccionado y aprobado por resolución del comité
ejecutivo del 27 de Abril de 1978 como el juego oficial de patrones para
determinar la gradación del color. Hay diamantes de 1.00,1.17,1.07,1.03,1.17
y 1.09 quilates. Lo mismo se ha hecho con tres piedras de referencia0.33,
0.30, y 0.31 quilates para determinar la intensidad de la fluorescencia.
2-El patrón de color es
elegido a ojo como graduación de color el cual representa el límite más bajo
de cada color. Conseguir medidas más aproximadas por medio de instrumentos
solo tendrá un valor indicativo. CIBJO no las aceptará como determinantes y
nunca cambiará la serie adoptada a causa de resultados obtenidos a
través de instrumentos. Si en el futuro aparecen diferencias entre CIBJO y
otros sistemas, CIBJO no adoptará los cambios, ya que estas series son
representativas de la práctica y uso comerciales de todas las organizaciones
representadas por CIBJO.
3-Los duplicados nacionales
de patrones han de ser comparados y equivalentes al juego de CIBJO y han de
ser aprobados por la comisión CIBJO.
4-Estos patrones deben
tener un peso mínimo de 0.70 quilates, buenas proporciones, una sombra
amarillenta con ninguna o muy leve fluorescencia, facetados o pulidos y sin
color negro o cualquier otra inclusión.
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LABORATORIOS
Los laboratorios CIBJO
reconocidos están basados en las siguientes reglas:
a)-El laboratorio debe ser
reconocido por la organización nacional que sea miembro de CIBJO. Esto se
puede dar, en principio, en un solo laboratorio por país, incluidas las
oficinas no principales.
b)-El laboratorio debe ser
independiente del comercio así como de intereses empresariales privados.
c)-El laboratorio debe ser
conducido siempre bajo un dirección profesional competente.
d)-El laboratorio debe
suscribir TODAS LAS REGLAS CIBJO sin excepción y debe trabajar de acuerdo
con las siguientes publicaciones CIBJO:
· El Libro del Diamante
· El Libro de las piedras
preciosas
· El Libro de las Perlas
e)-El laboratorio debe tener
un patrón de diamantes reconocido por CIBJO
f)-El laboratorio solo puede
hacer certificados de diamantes, piedras preciosas y perlas de acuerdo con
las normas CIBJO, de otro modo el reconocimiento de CIBJO puede ser
cancelado. |
| FUENTE
DE ESTA INFORMACIÓN: |
Los contenidos que figuran bajo este epígrafe reproducen las reglas de
CIBJO (Confederación Internacional de Organizaciones de Joyeros). Son reglas
aplicables por el uso de comercio y por adhesión a CIBJO que no implican
siempre una vinculación legal. Cuando se indiquen expresiones como “se
prohíbe” “ se debe” etc., las mismas se integran en el ámbito del uso
comercial, pudiendo o no coincidir con la reglamentación legal de cada
país.
No obstante el prestigio de CIBJO hace que las reglas que se establecen sean
reconocidas profesionalmente en todo el mundo.
Cualquier profesional asociado a nuestra entidad que desee confirmar alguna
de estas reglas conforme la legislación española, puede contactar con la
A.E.J.P.R.
FUENTE CITADA:
CIBJO |
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