Spanish Association of Jewelers, Silversmiths, and Watchmakers

Asociación Española de Joyeros Plateros y Relojeros  

 

Tabla de Enlaces

La Asociación
El sector
Acciones desarrolladas
Ser socio
Preguntas frecuentes
Exportación-Importación
Gráficos
La Plata
El Platino
El oro
Los diamantes
Las Perlas
Los Relojes
Las gemas
Diamantes sangrientos
Nombres Comerciales
La Colegiación
La Legislación
La Formación
La Delincuencia
Antes de Mayo 2002
Comparecencia en el Senado
Acta de Compromiso
Después de Mayo 2002
Opiniones Parlamentarias
Dossier de Prensa
Dossier 2002
Dossier 2003
Dossier 2004
Dossier 2005
Dossier 2006
Dossier 2007
Dossier 2008
Dossier 2009
Dossier 2010
Teléfonos para Urgencias
Siniestralidad
Ferias y Eventos
Escaparate Virtual
Calendario Laboral
Fechas Tributarias
Laboratorios Españoles
Boletines
Noticias
Prevención de Riesgos
Cotizaciones
Comentarios
Solicitud
Buscador
Vías de comunicación
Aviso Legal
Política de Privacidad
Mapa del Portal
Bienvenida
 

 

 

COMPARECENCIA DE LA DIRECTORA DE LA A.E.J.P.R. ANTE LA COMISIÓN DE INTERIOR DEL SENADO

 

Buenas tardes, Señorías. Quiero agradecer al Presidente de la Comisión y a sus Señorías la atención que nos prestan hoy en el tratamiento de lo que nosotros hemos denominado delincuencia profesionalizada dirigida a la actividad empresarial. Es un placer comparecer ante Ustedes con la voz de quienes represento pero sobre todo es una auténtica necesidad para la Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros, como única organización representante de este Sector empresarial en el Estado Español, dar testimonio ante esta Comisión de cuanto está aconteciendo, porque, en mayor grado que otras instituciones, junto al Congreso de los Diputados a Sus Señorías les corresponde la función de legislar.

 

Entiendo que la mejor manera de proceder es aproximarles al tejido industrial y comercial del Sector en líneas generales para analizar el tema que nos ocupa: la delincuencia que específicamente padecen nuestros empresarios, nuestros profesionales y nuestros trabajadores.

 

El Sector, compuesto por empresas de naturaleza mediana y pequeña, está integrado por unas 20.000 empresas, unas 700 conforman la industria mayor, unos 2000, talleres; aproximadamente disponemos de unos 1500 mayoristas (bien almacenistas de joyería bien distribuidores de relojería) y el resto forman parte del comercio al menor, esto es, unos 16.000 puntos de venta. El empleo generado por el Sector es de 150.000 puestos de trabajo directos y unos 200.000 indirectos, empleo que, gracias al tamaño de nuestras empresas, se ha mantenido en épocas de crisis y ciclos económicos de recesión. Igualmente puedo indicarles que, en virtud de las funciones que realizamos en materia de exportación con el Instituto de Comercio Exterior Español, la cifra de exportación en el 2001 fue de 44.623 millones de pesetas y la de importación de 35.523 millones de pesetas, excluyendo la relojería en cuanto España es principalmente importadora. Quisiera significarles el esfuerzo que hemos realizado en los últimos 7 años para lograr que el saldo en nuestra balanza comercial fuera favorable y que como podrán observar a continuación superamos en pérdidas económicas como consecuencia de la delincuencia más del 10% de nuestro esfuerzo exportador.

 

Aunque estoy convencida de que Sus Señorías atienden a la verdadera dimensión del Sector, permítanme, por la experiencia de acudir durante muchos años a distintas instituciones que sea yo quien destaque que existe una cierta sensibilidad por nuestra parte en ser observados con perspectiva macroeconómica y, por tanto, no con la dimensión real que entendemos tener y que, junto con otros Sectores de igual o similar naturaleza a la nuestra, es decir, de pequeña y mediana empresa, conformamos no sólo en España sino en Europa del 70% al 80% de la economía de los países.

 

Hasta ahora he comentado fríos datos económicos de visualización de un Sector muy desconocido para gran parte de la sociedad y de los poderes públicos, de un sector muy regulado administrativamente por el producto que fabrica y comercializa. Pero somos un Sector como cualquier otro, cuyos costos financieros son superiores en general al tratarse su materia prima de metales y piedras preciosos.

 

  La delincuencia ha provocado en este Sector pérdidas personales, algunos fallecidos, bastantes más lesionados, pero, precisamente por el valor intrínseco de nuestro producto, ha sido objetivo especial de los delincuentes, implicando auténticas ruinas económicas, volver a empezar, sin cobertura de seguro o pagando pólizas que han crecido en un 80%,o, en el peor de los casos, cerrar la empresa con una ruina absoluta.

 

"Los delitos contra la propiedad". Este es el tema en el que centro esta intervención porque nadie duda de que la cualificación de los mismos siempre será inferior a aquellos actos que atentan contra bienes jurídicos de mayor protección, como la vida. Pero no deben ser contemplados, ni siquiera en la conciencia de la sociedad y de sus instituciones, como delitos menores porque son aquellos que afectan al desarrollo de las vidas de los ciudadanos, cuando se atenta contra la propiedad ajena hay consecuencias jurídicas y no puede hacerse en la práctica con total impunidad, porque no se llevan "cosas", no solo "cosas materiales", atentan contra el esfuerzo, contra los años vividos y trabajados. Y algo que es tan evidente, a veces debemos recordarlo.

 

Y siguiendo con este lenguaje numérico, las pérdidas económicas como consecuencia de la delincuencia han sido en el período de 1994 a 1999 de 9.604.415.202 pesetas sólo en el año 2000 de 2.845.444.290 pesetas y en el 2001 de 5.378.038.830 pesetas. Hablamos además de cifras en valor de costo. Aproximadamente hemos padecido en el año 2001 unos 3.200 actos delictivos. Pongo de relevancia que, a pesar de nuestras numerosas entrevistas y propuestas con las instituciones, la cifra del 2001 duplica la del año 2000, lo que ya presumíamos ocurriría por lo que esta Asociación se vio obligada, con absoluto desamparo, a convocar un cierre de las empresas de joyería de toda España el 20 de julio del año 2000 al efecto de reclamar la atención de los poderes públicos.

 

En cuanto a la situación en otros países de nuestro entorno europeo, también ellos están afectados por este fenómeno. No nos compete a nosotros analizar los motivos de este hecho, y si bien el Sector en estos países no tiene cuantificadas las pérdidas económicas, sí nos han hecho llegar su inquietud en cuanto les está sucediendo los mismo que a nosotros, a un nivel inferior a excepción de Francia, pero al efecto de facilitarles algunos datos proporcionados por nuestros colegas europeos, puedo indicarles que, como consecuencia de la delincuencia dirigida al Sector de joyería, las pólizas de los seguros han subido en Francia, entre un 140% y un 150%, le sigue España con un incremento del 85% al 115% y, aunque creíamos que Italia superaría a España no es así, a las pólizas italianas se les ha aplicado una subida del 60% al 70%, a Alemania, entre un 50% y un 55% y a Suiza, entre un 40% y un 50%. Las pérdidas económicas justifican el abandono masivo de Reaseguradores y Compañías en Francia, España e Italia. Y el Sector se ve obligado a trabajar o con pólizas altísimas o sin cobertura.

 

Por ello, estoy segura de que con total respeto hacia sus Señorías pueden perdonarme si les expreso que hoy acudimos ante Ustedes entre la confianza y el escepticismo. Confianza porque mi más sincero deseo sería que esta Comparecencia sirviera para instar un debate que promueva soluciones efectivas de carácter legislativo, medidas políticas y normativas aplicables con eficacia. Y dije también escepticismo, entiendo que comprendan el largo camino que este Sector viene recorriendo durante años ante las instituciones.

 

  Reproduciré con la voz literal de quienes represento que de cada 100 pesetas que les roban, de 50 a 60 pesetas son tributos, estatales, o municipales, o bien tasas, por tanto creo que el tema trasciende al Estado y a la sociedad en su conjunto.

 

Y aunque comparezco formalmente como Directora de la Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros, esa voz literal corresponde también a la Unión de Asociaciones de Estanqueros de España, a la Organización Empresarial Española de Peletería, a la Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España, a la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles y a la Confederación Española de Estaciones de Servicio, en cuanto estas organizaciones nos han pedido que hoy las mencionáramos ante Uds. (a efectos formales, disponemos de su autorización escrita si es requerida por el Presidente de la Comisión) porque la dimensión numérica es por supuesto mucho más significativa, así hablamos de unas 75.000 empresas y de un empleo de más de 450.000 puestos de trabajo.

 

Y si les he podido facilitar cifras del Sector de Joyería, a título de ejemplo permítanme que haga referencia a los sectores de Peletería que arroja pérdidas de más de 1.650 millones de pesetas o al de Estancos que padece unos 3.000 robos anuales. Sus Señorías pueden empezar a imaginar la suma de pérdidas si unimos a los Sectores que tienen esta problemática.

 

Anteriormente les indiqué que de cada 100 pesetas, de 50 a 60 de las robadas corresponderían a tributos, por tanto, ¿cómo afecta el problema al Estado o a la sociedad en su conjunto?

 

Resulta evidente la pérdida económica del propio Estado, el costo social que implicaría el desempleo por esta causa, baste como ejemplo un supuesto de hecho que recientemente me han comentado, el fenómeno de la piratería en CDS musicales ha generado la quiebra de cierta productora discográfica y el despido de un número más que significativo de trabajadores. Es decir, pequeños actos delictivos individualmente conforman una coyuntura que afecta al cierre de grandes empresas, ¿acaso, empresas más pequeñas van a poder soportar la situación actual? Hay ya un debate público, político y mediático sobre la situación de inseguridad en España, tal vez hoy podamos aportar algo más de lo ya dicho, en cuanto el problema de extranjería se aborda en todos los debates y nos gustaría diferenciar claramente el fenómeno migratorio del fenómeno delictivo perpetrado por extranjeros. Si hay mentes abiertas son las de los empresarios que trabajan en todo el mundo o cuya clientela procede de distintos países, porque el contacto aproxima culturas.

 

Pero lo que resulta evidente es que el 50%, según fuentes policiales, de los detenidos son extranjeros, principalmente colombianos y ciudadanos procedentes de los Países del Este de Europa. Y al igual que los ciudadanos que han acudido a España para aportar su trabajo, su conocimiento o sus inversiones bajo la aplicación de la Ley de Extranjería, del mismo modo, llegan a España quienes vienen a delinquir, y hay un aspecto importante a resaltar, incorporan al hecho delictivo una cultura violenta en la forma de perpetrarlo porque traen a nuestra cultura la de ellos en la forma de cometer el delito.

Y todo ello, trasciende a la sociedad y tiene un costo social y, naturalmente, económico.

Estos temas, naturalmente, ya los hemos expuesto en el Ministerio del Interior, en el Ministerio de Justicia, en el C.G.P.J., y en la Fiscalía General del Estado.

Nuestra impresión tras estas reuniones es la necesidad de una coordinación mayor entre todas ellas, el establecimiento de una política horizontal y de las reformas legislativas pertinentes que provoquen la única medida importante.

Los delitos contra la propiedad de estas características deben resolverse con prisión provisional, con el juicio más rápido y el cumplimiento de la pena privativa de libertad, si es el caso, aunque tal pena sea de un año, porque normalmente ante delitos que conlleven esta pena, se decreta libertad provisional.

Sólo hay una medida que merece expresarse, que la prisión sea efectiva, real, cuando se produzca la comisión de un delito contra la propiedad de estas características, con una pena tipificada de prisión, que ésta se cumpla, que no haya libertad provisional sea quien sea el delincuente, español o extranjero, comunitario o de un país tercero y, si se trata de un extranjero, que se produzca en internamiento en los Centros de Internamiento para Extranjeros para proceder a su expulsión. Pero que se produzca tal internamiento para evitar otro delito.

Para llegar a esta medida, la de apartar de la sociedad a quienes la ponen en peligro, son diversas las reformas legislativas que entendemos deben realizarse. Este Sector, tras analizar las situaciones y después de muchas conversaciones con distintas instituciones, sugeriría ciertas propuestas, siempre matizando y diferenciando los tipos de delitos, porque puede que la pena sea de prisión de un año, común a diversos tipos, pero por las características del delito algunos provocan y otros no un peligro real para el conjunto de la sociedad. Es evidente, que siendo la Ley igual para todos, los matices derivan de la tipología de las conductas delictivas, no repercute igual en la sociedad, un delito de matrimonio ilegal, como ejemplo, aunque sea punible, que el fenómeno que estamos tratando. Insistiríamos en que sea el legislador quien matice estos tipos, porque la interpretación de la Ley al final queda en manos de miles de personas que deben aplicarla y una ausencia de homogeneidad en su aplicación implica injusticias.

 

 Entre estas propuestas destacamos:

 

1.- Reforma del Código Penal.-

 

Hasta ahora no se contempla la reiteración o multireiteración sino la reincidencia y ésta se produce cuando hay sentencia condenatoria, por tanto, pasarán unos cuatro años aproximadamente hasta que haya sentencia. Hay personas detenidas más de 1.083 veces sin que hayan pisado la cárcel, es el ejemplo real más escandaloso que se me ocurre mencionar, y entiendo que la presunción de inocencia no es contraria al sentido común. Es preciso que, en los delitos contra la propiedad que están ocasionando estos perjuicios, esta alarma, un número lógico de imputaciones en un lógico período de tiempo tenga como consecuencia el internamiento de los imputados. Propondríamos a Sus Señorías analicen en concreto el número de dos imputaciones en los dos últimos años para el internamiento del imputado.

 

La reiterada conducta delictiva de quienes cometen sólo faltas para evitar así la prisión provisional. Este es otro tema a analizar. Creemos que la comisión de tres faltas debe convertirse en delito si se producen en los dos últimos años.

 

Añadir al artículo 240 del Código Penal un nuevo párrafo: El culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de 1 a 3 años: La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente llevare armas, objetos peligrosos, u objetos tendentes a la comisión del delito, o cuando el hecho se cometa por la actuación conjunta de tres o más personas.

Tengan en cuenta que en la actualidad, a plena luz del día, los delincuentes acuden al establecimiento de joyería con mazos, y se dedican a golpear los escaparates con ellos para sustraer la mercancía. Y que igualmente, existen, en numerosas ocasiones, asociaciones de personas, no necesariamente permanentes sino también transitorias, para la comisión del delito.

 

Añadir al artículo 241 del Código Penal un nuevo párrafo. Pena de prisión de dos a cinco años: Cuando el robo se cometa contra oficina o establecimiento bancario, recaudatorio, o establecimiento mercantil, para sustraer los caudales u objetos de especial valor económico que en ellos se encontraren.

Solicitaríamos igualmente que en el párrafo 1 del artículo 241 se incorpore junto a la expresión local abierto al público, el de establecimiento mercantil, para que la punición sea la misma cuando el delincuente perpetre el delito en horas no abiertas al público, sino a cualquier hora.

 

Añadir un artículo 242 Bis en términos parecidos a los siguientes: La mera asociación, aún transitoria, de tres o más personas para cometer el delito de robo se sancionará conforme los dispuesto en el artículo 516-2. 

Tal artículo establece una pena de prisión de seis a doce años para los integrantes de las citadas asociaciones. Señorías, es frecuente en la actuación , especialmente de delincuentes colombianos o procedentes de países del Este, esta clase de asociaciones incluso transitorias, que han llegado a retener a empleados o miembros de la familia del joyero con el fin de proceder a la apertura del establecimiento y llevarse todo el patrimonio invertido en la empresa, añadiendo las secuelas sicológicas que han dejado en sus víctimas.

 

2.- Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

 

Los capítulos dedicados a la Prisión y Libertad Provisional. De forma clara y taxativa debe contemplarse la prisión provisional en esta clase de delitos contra la propiedad.

 

3.- Ley de Extranjería.

 

En los ciudadanos extranjeros que, incluso tengan residencia y su situación sea legal en España, si se da el caso de la reiteración delictiva, se sugiere se sustituya la pena privativa de libertad por la expulsión del país, pero previamente internados en el Centro de Internamiento para Extranjeros, cuyo carácter es administrativo y no penitenciario. La Policía oficiará al Juzgado correspondiente la petición de expulsión, y sugerimos que en el plazo de 10 días según resolución, se proceda a la expulsión.

 

 

En los supuestos de asociaciones ilícitas para delinquir, a modo de bandas organizadas, se plantea el estudio de optar por la expulsión o por el internamiento penitenciario.

 

4.- Ley de Menores

En definitiva, y dado el escaso tiempo para plantear más sugerencias, señalaría que es esencial tener en cuenta, en los casos de menores, la necesidad de que existan más centros y más ordenes de internamiento cuando la conducta delictiva es reiterada. La permanencia en el conjunto de la sociedad normalizada sin corrección para su posible reinserción social no es, a la vista de los hechos, un correctivo ni a su conducta y tampoco garantiza a la sociedad la ausencia de peligrosidad.

 

Antes de terminar, quisiera señalar que hay numerosas disposiciones, en Leyes Especiales, que pueden ayudar en esta materia, es el caso de la Ley de Metales Preciosos, que expresamente dedica artículos a las casas de compraventa o a los Montes de Piedad, de tal manera que podamos evitar que un delincuente utilice a estas entidades para su provecho, al igual que podríamos proceder a la devolución de mercancía, si se aprobaran nuevos sistemas de marcaje, acordes con los avances científicos, que permitan la legibilidad de las marcas identificativas del fabricante o importador, porque Señorías, además de no recuperar la mercancía porque suele salir del país por los medios más normalizados, como mensajería o correo, cuando se recupera algo no siempre se puede devolver porque no son legibles las marcas que legalmente se incorporan a las piezas, si es que no se han fundido.

 

 Finalmente, Señorías, no me cabe duda de que tal vez sirvan de poco las reformas si no se dota a la policía, judicatura, fiscalía y demás organismos relacionados con este tema de los instrumentos no sólo normativos, sino técnicos y presupuestarios para invertir en una sociedad más justa y más segura, donde los derechos de los ciudadanos puedan ejercerse de verdad y no sólo en teoría, donde se pueda desempeñar el ejercicio libre de una profesión o simplemente ir tranquilo por la vía pública. En definitiva corresponde al Estado preguntarse si merece la pena una inversión, que no es lo mismo que un gasto, para evitar que en un plazo no muy lejano de tiempo, España se convierta en un país donde delinquir sea algo normalizado, donde no haya inversiones privadas por el problema de la inseguridad o donde el Estado se enfrente a un costo social demasiado grave con un desempleo añadido como consecuencia exclusiva de este problema. 

Como Sector y como ciudadanos, si no pagáramos nuestros impuestos nuestra conducta tendría consecuencias jurídicas. Por todo lo expuesto apelamos a Ustedes como integrantes de esta Institución para que acuerden entre todas las fuerzas políticas dar prioridad a este problema, y adoptar cuantas medidas sean precisas para abordarlo, limitarlo y minimizarlo. 

Muchas gracias Señorías.                                                               

 

Es transcripción literal de lo expuesto por la Sra. Directora de la A.E.J.P.R.
 
   

Página Siguiente

 

Príncipe de Vergara 74 - 3º   -  28006 - Madrid - Te: 91 411 8209 / Fax 91 561 14 56

 secretaria@iberjoya.es